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LOS LIBROS DIARIOS

DEFINICIÓN

DEFINICIÓN

   EL libro diario es aquel en el cual el comerciante asienta cronológicamente todas las operaciones, activas o pasivas, al contado o a crédito que diariamente realiza, vinculadas o no con su comercio. El código de Comercio, en su artículo 34, establece: "En el libro diario se asentarán día por día, las operaciones que haga el comerciante, de modo que cada partida exprese claramente quién es el acreedor y quien es el deudor, en la negociación a que se refiere, o se resumirán mensualmente, por lo menos, los totales de esas operaciones siempre que, en este caso, se conserven todos los documentos que permiten comprobar tales operaciones, día por día.

 

1 comentario

Amilcar Arenas -

Hola Disbeth. Esta muy interesante tu información. Pero podrías especificar de cuál es el país a que están referidas estas leyes. Saludos